Bonificaciones para autónomos y reducciones en la cuota en 2021

reducciones y bonificaciones para autónomos

Los trabajadores por cuenta propia o autónomos tienen que hacer frente al pago mensual de la cuota de afiliación al Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos (RETA)  que oscila en 2021 entre los 289€ de la base de cotización mínima y los 1.245,45€ de la base de cotización máxima.  Para el 2022 está prevista una subida del 1’7% de la misma.

El pago de esta cuota es el que da derecho a los trabajadores autónomos a prestaciones como:

  • Atención sanitaria.
  • Incapacidad debido a una enfermedad o accidente, ya sea temporal o permanente.
  • Baja por maternidad o paternidad.
  • Pensión de jubilación, por orfandad o por viudedad.
  • Prestación por desempleo por cese de actividad.
  • Formación profesional.

Sin embargo, una de las quejas más habituales del colectivo de trabajadores autónomos es el del elevado coste de esta cuota sobre todo para aquellos profesionales que están iniciando su actividad. De hecho, hace años que se habla de la implantación de una cuota variable y progresiva cuya cuantía dependerá de los ingresos reales del trabajador autónomo.

Pero mientras esta nueva medida se concreta y se hace efectiva, los trabajadores autónomos deben conformarse con las reducciones y bonificaciones en la cuota previstas para ciertos colectivos y supuestos.

Vamos a verlas.

En Grup Sancar Assesors, tu asesoría en Gandía, podemos ayudarte a tramitar tu alta en el RETA y asesorarte para no pierdas ninguna de las posibles bonificaciones a las que tengas derecho

Tarifa Plana de 60 euros para nuevos autónomos

 

Aquellos profesionales autónomos que se den de alta en el RETA por primera vez o que haga más de dos años que no cotizan en este régimen (tres años si anteriormente ya disfrutaron de la tarifa plana) tienen derecho a una bonificación en la cuota consistente en:

  • Una tarifa plana de 60 euros mensuales durante los primeros 12 meses si cotizan por la base mínima o del 80% de la cuota si optan por cotizar por una cantidad superior.
  • Una reducción del 50% de la cuota durante los seis meses siguientes.
  • Una reducción del 30% de la cuota durante los seis meses siguientes a esos seis.

La Tarifa Plana de 60 euros incluye contingencias comunes y contingencias profesionales en la cotización del nuevo autónomo (atención sanitaria, bajas, incapacidad, jubilación…), pero deja fuera el cese de actividad y la formación profesional. En caso de querer optar a estas prestaciones la cuota a pagar se verá incrementada ligeramente.

Ampliación de la Tarifa Plana para autónomos para  jóvenes

Una vez agotados los 24 meses de Tarifa Plana, aquellos autónomos hombres menores de 30 años o mujeres menores de 35, podrán continuar bonificándose la cuota en un 30% durante 12 meses más.

Ampliación de la Tarifa Plana para autónomos residentes en municipios de menos de 5.000 habitantes

 

Los autónomos residentes en municipios de menos de 5.000 habitantes podrán disfrutar de la Tarifa Plana de 60 euros durante los primeros 24 meses de actividad.

Durante los siguientes 12 meses, si son hombres menores de 30 años o mujeres menores de 35, podrán reducirse un 30% de la cuota.

Ampliación de la Tarifa Plana para autónomos discapacitados y  víctimas de violencia de género o terrorismo

 

Los autónomos con un grado de discapacidad igual o superior al 33% o que hayan sido víctimas de violencia de género o terrorismo, tienen derecho a optar durante los primeros 24 meses de actividad a la Tarifa Plana de 60 euros si optan por la base mínima de cotización o de un 80% de la cuota si optan por una mayor.

Durante los 48 meses posteriores podrán reducirse la cuota en un 50%.

Bonificaciones para autónomos colaboradores y societarios

 

Los autónomos colaboradores pueden optar a un descuento en la cuota del 50% durante 18 meses los primeros 18 meses de actividad y del 25% durante los 12 meses siguientes.

Desde 2020 los autónomos societarios que inicien su actividad también pueden acogerse a ciertas bonificaciones al inicio de su actividad. Hay que tener en cuenta que este tipo de autónomos tiene una base de cotización mínima superior a la del resto de autónomos, en concreto  1.214,10 euros. Las reducciones en la cuota las que tienen derecho son:

  • Un 80% durante los primeros 12 meses.
  • Un 50% los siguientes 6 meses a los 12 primeros.
  • Un 30% los siguientes 6 meses (18 en el caso de autónomos hombres menores de 30 años y mujeres menores de 35) a los 6 anteriores.

Bonificaciones en la cuota de autónomos para facilitar  la maternidad, paternidad y la conciliación

Si un trabajador autónomo tiene que dejar de trabajar temporalmente por alguno de los siguientes supuestos

  • Maternidad, paternidad, adopción o acogida.
  • Por riesgo en el embarazo.
  • Por lactancia materna

Puede bonificarse hasta el 100% de la cuota mientras este inactivo. Desde 2007 además no es necesario en estos supuestos el tener que contratar a otro profesional que le sustituya para poder optar a la bonificación.

Por otro lado, la  Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo incluye otras dos bonificaciones muy interesantes para facilitar la conciliación de la vida personal y profesional de estos trabajadores:

  • Bonificación del 100% de la cuota durante un año por el cuidado de menores de 12 años o personas dependientes. En este supuesto para acceder a la bonificación si que será necesario que el autónomo contrate a un profesional que le sustituya.
  • Tarifa Plana de 60  euros (o del 80% de la cuota si no se cotiza por la base mínima) durante 12 meses para madres autónomas que habiendo hecho un cese de su actividad, se incorporen antes de cumplir dos años desde la baja.

Bonificaciones para autónomos en régimen de pluriempleo

Los trabajadores por cuenta ajena que se den de alta como autónomos con el objetivo de compaginar ambos trabajos, pueden optar a una base de cotización reducida durante 36 meses, divididos de la siguiente forma:

  • Los 18 meses iniciales la reducción en la base de cotización escogida será del 50%.
  • Los siguientes 18 meses será del 25%.

Si el trabajo por cuenta ajena fuese a tiempo parcial, los porcentajes serían del 25% y el 15% respetivamente.

Por otro lado, es interesante resaltar que los autónomos en régimen de pluriactividad, tienen derecho a una devolución del 50% del exceso en sus cotizaciones (puesto que están cotizando por partida doble, en el Régimen General y en el RETA)  en la Declaración de la Renta, siempre y cuando cumplan con una serie de requisitos.

Cabe destacar que esta bonificación es incompatible con la Tarifa Plana para nuevos autónomos. En estos casos es interesante contar con un asesor especializado que nos pueda aconsejar  sobre cuál de las dos opciones es más ventajosa en tu situación. En Grup Sancar Assesors, tu asesoría de confianza en Gandía, estaremos encantados de estudiar tu caso.

Bonificaciones para autónomos mayores de 65 años

 

Los autónomos mayores de  65 años y que acrediten 38 años y seis meses de cotización, o con 67 años y 37 años de cotización, quedan exentos de cotizar a la Seguridad Social, a excepción de las partidas de incapacidad temporal y por contingencias profesionales.

Bonificaciones para autónomos en la cuota para trabajadores autónomos residentes en Ceuta y Melilla

 

También existen bonificaciones para los autónomos residentes en Ceuta y Melilla cuya actividad este comprendida en los siguientes sectores: comercio, hostelería, turismo e industria (excepto energía y agua). La bonificación es del 50% y por tiempo indefinido.

Cuándo y cómo solicitar las bonificaciones para autónomos en 2021

 

Como se puede comprobar, la mayoría de las bonificaciones en la cuota de autónomos van destinadas a nuevos autónomos por lo que el momento de solicitarlas es durante el alta. Es muy importante pues que nos informemos de si cumplimos o no con los requisitos para optar a alguna de las bonificaciones existentes antes de darnos de alta, puesto que si no realizamos la solicitud en ese momento y lo hacemos con posterioridad, nos puede ser denegada.

El resto de bonificaciones como la de riesgo en el embarazo o la existente para los mayores de 65 años deben solicitarse, en el momento en el que concurran las circunstancias que dan derecho a ellas, mediante el modelo de solicitud simplificada de alta, baja o modificación de datos.

Desde nuestra asesoría en Gandía, Grup Sancar Asessors, además de gestionar por ti el alta en el RETA  podemos estudiar tu caso y comprobar si cumples con los requisitos para optar a alguna de las bonificaciones existentes y descritas en este artículo para que no pierdas la oportunidad de disfrutar de ellas. Y, como hemos visto antes, también podemos ayudarte a escoger la opción más beneficiosa para ti en el caso de que puedas optar a más de una bonificación, como es el caso de los nuevos autónomos en régimen de pluriempleo. Contáctanos sin compromiso.

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